La normativa de eficiencia energética en viviendas

Eficiencia energética en viviendas: normativa y explicaciones técnicas

La eficiencia energética en las viviendas es un requisito normativo a nivel europeo. En nuestro país, contar con un certificado energético de la vivienda es imprescindible para vender o alquilar un inmueble. Además, informa sobre el consumo energético y sobre las emisiones de CO2 de un inmueble que se anuncia en venta o en alquiler.

¿Es el certificado de eficiencia energética obligatorio?

La respuesta es sí. Desde junio de 2013, el certificado energético es obligatorio en España y, la obligación de mostrar el certificado energético, está regulada en por el Real Decreto 235/2013. La normativa de certificación energética en viviendas procede de una Directiva Europea que ha sido acatada por todos los estados miembros.

 

La responsabilidad de obtener este certificado energético es del propietario de la vivienda, por lo tanto, lo vas a necesitar obligatoriamente cuando quieras vender un inmueble o cuando quieras alquilar un inmueble del que eres propietario.

El certificado energético de una vivienda incluye información objetiva sobre las características energéticas de esta. Se elabora calculando el consumo energético que cada edificio o vivienda necesita durante un año, en condiciones normales de funcionamiento y ocupación. En base a ese cálculo el inmueble se podrá calificar energéticamente con una u otra letra.

Con el certificado energético se obtiene la etiqueta energética

La calificación obtenida se resume en la etiqueta energética. Esta etiqueta, de aspecto parecido a la etiqueta energética presente en electrodomésticos, indica las calificaciones de emisiones y de consumo que el inmueble ha obtenido en su certificado energético, en una escala de colores que va de la A, la más eficiente, a la G, la menos eficiente.

¿Cuál es la normativa energética aplicable en viviendas?

En España prácticamente todos los aspectos normativos requeridos se recogen en una única normativa, el Código Técnico de la Edificación (CTE), lo que simplifica mucho su aplicación práctica.

Las principales normativas y regulaciones

Las principales normativas sobre eficiencia energética y la legislación sobre energías renovables en España se pueden agrupar fundamentalmente en la normativa que regula la eficiencia energética y la que regula las instalaciones térmicas, eléctricas y demás sistemas en viviendas.

Normativa en edificios antiguos

La normativa de eficiencia energética en nuestro país tiene como precedente la NBE-CT-79, que está derogada, pero que en su momento fue fundamental para el desarrollo normativo de las edificaciones e instalaciones en los años 80 y parte de los 90.

Posteriormente apareció la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), la cual estableció unos criterios mínimos de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, y el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).

La normativa de eficiencia energética en viviendas de nueva construcción

En las viviendas de nueva construcción se tiene en cuenta la normativa vigente: el Código Técnico de la Edificación (CTE), en su última versión. Esta normativa aparece en 2006 y se ha ido revisando posteriormente hasta la actualidad.

Supuso la unificación de las normativas sobre la eficiencia energética en edificios y ha introducido numerosos aspectos para el ahorro y la eficiencia en las viviendas. Tiene distintos documentos básicos o DB, siendo los más representativos para la eficiencia energética, el DB HE (Documento Básico de Ahorro de Energía) y el DB HS (Documento Básico de Salubridad). Estos documentos recogen todo lo relativo a la eficiencia de las instalaciones y también a la instalación de energías renovables en la vivienda.

En definitiva, en esta normativa, se establecen todos los requisitos que se han de cumplir a nivel constructivo, fundamentalmente en cuanto a materiales y calidades de cerramientos y ventanas, entre otros. Esta normativa regula además la necesidad de instalar energía solar térmica o sistemas de alta eficiencia, así como equipos de energías renovables.

La Certificación Energética

Como vimos anteriormente, desde junio de 2013, la certificación energética está regulada en por el Real Decreto 235/2013. Aunque el primer Real Decreto de eficiencia energética y pilar fundamental que ha dado pie a nuevas normas y revisiones, es el Real Decreto 47/2007 sobre Certificación Energética en Edificios.

Esta normativa indica que, al construir, alquilar o vender un inmueble es necesario un certificado de eficiencia energética que establece su nivel de eficiencia energética. De este modo es como obtendremos la ya conocida etiqueta energética, la cual otorga una letra que oscila entre la A y la G con su correspondiente escala de colores.

¿Existen viviendas exentas de disponer del certificado de eficiencia energética?

Como para toda norma, existe alguna excepción, y en este caso también se cumple. Te explicamos cuáles son las excepciones donde la normativa de eficiencia energética no se aplica: 

  • Monumentos o edificios protegidos por su particular valor arquitectónico o histórico.
  • Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
  • Edificios con una superficie útil total inferior a 50m². Como pueden ser casetas, cobertizos, almacenes…
  • Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años. Por ejemplo, serían las casetas de obras, barracones, almacenes…
  • Edificios destinados a procesos industriales y talleres. Las zonas destinadas a trabajadores como oficinas o zonas de alojamiento, sí requieren el certificado de eficiencia energética.
  • Edificaciones que, por sus características, deban permanecer abiertas.
  • Edificios o partes de edificios existentes de viviendas cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año. Además, con un consumo previsto de energía inferior al 25% de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.

Si no estás dentro de alguna de estas excepciones, antes de proceder a la firma del contrato de venta/arrendamiento, el notario exigirá el certificado energético como parte de la documentación obligatoria para formalizar el trámite. De lo contrario, te pueden imponer una multa según la infracción cometida. 

Ahora que ya conoces la normativa vigente de eficiencia energética en viviendas y todo lo necesario sobre la certificación energética, podrás evaluar mejor tus opciones si te encuentras en un momento de compra/alquiler de una nueva vivienda. Pon especial interés a su calificación energética, ya que como te hemos contado tiene una gran influencia en el ahorro de consumo energético a medio y largo plazo.

Comparte:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *